Aporte Solidario y Presupuesto: dos herramientas contra la pandemia
Al iniciarse el mandato del Gobierno en diciembre pasado, la prioridad estuvo enfocada en atender los principales problemas dejados por un modelo excluyente que había aumentado la vulnerabilidad de los sectores del trabajo y las empresas ligadas al mercado interno.
La macroeconomía también planteaba serios desafíos, con un producto en recesión, inflación anual por encima del 50% y una virtual o inminente cesación de pagos en distintos compromisos de deuda externa. Por tal motivo se planteó la necesidad de resolver las emergencias, sancionándose leyes en el Congreso para tal fin.
El paquete de medidas estuvo orientado a mejorar los ingresos de los sectores vulnerables, estabilizar la macroeconomía, sobre todo en lo atinente al sector externo, y crear las condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.
En la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, sancionada el 21 de diciembre de 2021, además del Impuesto PAIS —que gravó algunas operaciones en el mercado de cambios— y la mejora en otros impuestos, se estableció la moratoria para las PyME sobre obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras (regularización de deudas que posteriormente, con la irrupción de la pandemia, se extendió a la casi totalidad de las empresas). También se produjo una baja de alícuotas de la seguridad social para varias empresas; y una actualización de las alícuotas del impuesto a los Bienes Personales, que habían sido llevadas a un nivel exageradamente exiguo en la administración anterior.
En definitiva, se había armado un esquema de políticas para una emergencia económica y social. Pero no estaba previsto un escenario como el de la pandemia mundial del Covid-19. Una situación como ésta excede cualquier análisis de previsión económica, tanto en el sector público como el privado. La mayor parte del mundo se ha visto obligada a ajustar sus perspectivas económicas.
Revista Fide, Coyuntura y Desarrollo nº 396, 20 de octubre de 2020.